INTRODUCCIÓN
Las siguientes políticas y procedimientos de International Bridge University establecen las normas y lineamientos que rigen la vida académica y administrativa de la institución. Su propósito es garantizar un ambiente de respeto, equidad y transparencia, proporcionando a los estudiantes un marco claro para su desarrollo dentro de la universidad.
Es responsabilidad de cada estudiante conocer y cumplir estas disposiciones, las cuales abarcan aspectos fundamentales como procesos administrativos, derechos y obligaciones, normativas de conducta y medidas en casos de emergencia. Además, la universidad se reserva el derecho de realizar modificaciones a estas políticas cuando sea necesario, asegurando siempre una comunicación previa con la comunidad estudiantil.
El compromiso con estas normas es esencial para fomentar un entorno académico seguro, inclusivo y orientado al éxito de todos los miembros de International Bridge University.
ADVERTENCIA O PERIODO DE PRUEBA ACADÉMICA
Si el estudiante no cumple con los criterios del Progreso Académico Satisfactorio (SAP*, por sus siglas en inglés) establecidos en el catálogo, será colocado en un periodo de prueba (el periodo está especificado anteriormente en el SAP*). Cualquier estudiante que deba repetir cursos deberá pagar $35.00 USD por curso. Al finalizar el periodo de prueba, si el estudiante no ha cumplido con los requisitos especificados, podrá ser dado de baja de la universidad. Los estudiantes que cumplan con los requisitos al final del periodo de prueba serán retirados de este estatus.
El periodo de prueba es un estatus administrativo. Los estudiantes en periodo de prueba corren el riesgo de ser dados de baja del programa. Durante este periodo, serán monitoreados más de cerca y deberán recibir asesoramiento académico regularmente para evaluar su progreso. Además, pueden ser requeridos a asistir a sesiones adicionales del curso. Se notificará por escrito a los estudiantes colocados en periodo de prueba y recibirán asesoría académica para mejorar sus calificaciones.
*SAP - Criterios cuantitativos Los estudiantes deben completar al menos el 67% de las horas de crédito intentadas cada semestre para cumplir con la política de SAP. La progresión de horas de crédito se basará en un total acumulativo de horas intentadas a horas ganadas. Por ejemplo, un estudiante se inscribe para doce horas de crédito a término, se requiere que el estudiante complete con éxito un mínimo de ocho horas de crédito a término (12 x 67% = 8) para el período. El incumplimiento de estos estándares puede resultar en que el estudiante sea puesto en período de prueba.
SUSPENSIÓN Y EXPULSIÓN
Los estudiantes pueden solicitar su readmisión después de al menos un período académico. Si se les permite regresar, estarán en prueba académica. Si en algún momento después de haber sido suspendidos el estudiante en prueba tiene un promedio acumulado por debajo del mínimo requerido, será expulsado de la universidad y no podrá regresar.
Cualquier apelación por no mantener un progreso académico satisfactorio debe hacerse por escrito al Jefe de Asuntos Académicos dentro de los 15 días posteriores a la notificación de expulsión. El estudiante será notificado por escrito de la decisión. El tiempo máximo permitido para completar un programa es 1.5 veces la duración normal del mismo. Un estudiante que no cumpla con este criterio será dado de baja por no mostrar progreso académico satisfactorio.
PROCESO DE APELACIONES
Cualquier apelación sobre las acciones descritas anteriormente debe realizarse por escrito al Jefe de Asuntos Académicos, quien evaluará la apelación. El Jefe de Asuntos Académicos tendrá la autoridad final para decidir si se acepta la apelación dentro de un plazo de 5 días. Para que la apelación sea concedida, el estudiante deberá demostrar evidencia de progreso académico satisfactorio.
POLÍTICA DE CONDUCTA ESTUDIANTIL
En International Bridge University, la conducta apropiada en cada clase y en la comunicación con otros miembros de la universidad es fundamental. Cualquier conducta inapropiada puede resultar en la expulsión de la universidad.
Se consideran inaceptables los siguientes comportamientos:
Cualquier forma de deshonestidad académica, incluyendo, pero no limitado a, copia, falsificación, plagio o facilitar la deshonestidad académica.
Plagio: Todo trabajo entregado por un estudiante debe representar su propio esfuerzo original. Si se utilizan fuentes externas, deben ser identificadas para aclarar en qué medida se han empleado. La universidad considera el plagio y la falsificación de documentos como un asunto grave, sujeto a sanciones como la pérdida parcial o total de crédito en la tarea, suspensión por un período específico o expulsión del programa.
Otras formas de deshonestidad, incluidas, pero no limitado a, la fabricación de información, proporcionar información falsa o reportar emergencias falsas a la universidad.
Falsificación, alteración o uso indebido de cualquier documento, registro, llave, dispositivo electrónico o identificación de la universidad.
Acceso, posesión, recepción o uso no autorizado de servicios, equipos, recursos o propiedades de la universidad, incluyendo su nombre, insignia o sello.
Acoso sexual: Se considera acoso sexual cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada, como insinuaciones, solicitudes de favores sexuales u otro comportamiento verbal o físico de índole sexual que afecte la educación de una persona, interfiera con su rendimiento académico o cree un ambiente de aprendizaje intimidante, hostil u ofensivo. La universidad responderá a cualquier reporte de este tipo de conducta.
Acoso o acecho, definido como la conducta repetida de un individuo dirigida a otra persona en la que hace una amenaza creíble con la intención de poner a esa persona en un temor razonable por su seguridad o la seguridad de su familia; cuando la universidad determine razonablemente que la amenaza de alarmar o atormentar gravemente a la persona; y cuando la universidad determine adicionalmente que la amenaza no sirve para ningún propósito legítimo.
Obstrucción o interrupción de la enseñanza, investigación, administración, procedimientos disciplinarios u otras actividades de la universidad.
Negarse a identificarse o a seguir las instrucciones de un funcionario de la universidad o de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones oficiales en eventos de la universidad.
La venta o distribución comercial no autorizada de notas o grabaciones del curso por parte de un estudiante es una violación de estas políticas, ya sea que haya sido el estudiante u otra persona quien preparó las notas o grabaciones. Copiar, para cualquier propósito comercial, folletos, lectores u otros materiales del curso proporcionados por un instructor como parte del curso universitario, a menos que la universidad lo autorice por adelantado y lo permita explícitamente el instructor del curso o el titular de los derechos de autor por escrito.
SANCIONES POR CONDUCTA INADECUADA
El Jefe de Asuntos Académicos puede imponer sanciones por violaciones de las políticas de la universidad o de los reglamentos del campus, bien sea que dichas violaciones sean también violaciones a la ley, o que existan o hayan existido procedimientos pendientes en los tribunales por los mismos actos.
Si, como resultado de una apelación oficial, se determina que el estudiante fue sancionado indebidamente, el Jefe de Asuntos Académicos, a solicitud del estudiante, ordenará el sellado del acta de la audiencia y la eliminación de cualquier referencia al proceso disciplinario de su expediente. En tal caso, el acta de la audiencia solo podrá utilizarse en relación con procedimientos legales.
Independientemente de si se lleva a cabo una audiencia, la universidad podrá notificar por escrito al estudiante que su presunta conducta podría haber violado la política universitaria o las normas del campus y que, de reincidir, dicha conducta estará sujeta al proceso disciplinario. Las pruebas de la presunta conducta previa, detalladas en la notificación escrita, podrán presentarse en una medida disciplinaria posterior.
Cuando se descubre que un estudiante infringe las políticas universitarias o las normas del campus, se puede imponer cualquiera de las siguientes medidas disciplinarias. La sanción impuesta debe ser acorde con la infracción, considerando el contexto y la gravedad de la misma.
Advertencia/Censura: Notificación o reprimenda por escrito al estudiante indicando que ha infringido alguna de las políticas universitarias o las normas del campus, y que las infracciones continuas o reiteradas pueden dar lugar a medidas disciplinarias adicionales, normalmente en forma de Período de Prueba Disciplinario, Pérdida de Privilegios y Exclusión de Actividades, Suspensión o Expulsión
Periodo de prueba disciplinario: Estado impuesto por un período específico durante el cual el estudiante debe demostrar una conducta conforme a las normas de conducta de la universidad. La mala conducta durante el período de prueba o el incumplimiento de cualquiera de sus condiciones puede dar lugar a medidas disciplinarias adicionales, normalmente en forma de Suspensión o Expulsión.
Pérdida de privilegios y exclusión de actividades: Exclusión de la participación en privilegios y actividades designados por un período determinado. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones estipuladas en la Notificación escrita de Pérdida de Privilegios y Exclusión de Actividades, o la violación de las políticas universitarias o los reglamentos del campus durante el período de la sanción, podrá dar lugar a medidas disciplinarias adicionales, normalmente en forma de Período de Prueba, Suspensión o Expulsión.
Suspensión: Exclusión de la condición de estudiante en la universidad por un período determinado, con reincorporación definitiva a partir de entonces, siempre que el estudiante haya cumplido con todas las condiciones impuestas como parte de la suspensión y que, por lo demás, cumpla los requisitos para la reincorporación. El incumplimiento de las condiciones de la Suspensión, de las políticas universitarias o los reglamentos del campus durante el período de Suspensión, podrá dar lugar a medidas disciplinarias adicionales, normalmente en forma de Expulsión.
Expulsión: Exclusión de la condición de estudiante por tiempo indefinido. La readmisión tras la expulsión solo podrá concederse en circunstancias excepcionales.
Restitución: Se podrá exigir el reembolso de los gastos en que incurra la universidad u otras partes como resultado de una infracción de estas políticas. Dicho reembolso podrá consistir en un pago monetario o en un servicio adecuado para reparar o compensar los daños. Se podrá imponer la restitución a cualquier estudiante que, solo o mediante actividades grupales o concertadas, participe en la causa de los daños o costos.
Revocación del Título: Sujeta a la aprobación de la Junta de Gobierno de la universidad.
POLÍTICA DE QUEJAS
Un procedimiento de quejas está disponible para cualquier estudiante que considere que una decisión o acción de la universidad ha afectado negativamente su estatus, derechos o privilegios. El propósito de este procedimiento es proporcionar un proceso rápido y equitativo para resolver quejas estudiantiles.
Los estudiantes con quejas deben comunicarse primero con el profesor del curso correspondiente. Si el profesor no puede resolver la queja, la remitirá por escrito al Jefe de Asuntos Académicos. Si este último no puede resolver la queja, la remitirá al Presidente de la universidad, cuya decisión será definitiva.
Resolución informal
Se anima a los estudiantes a hablar directamente con su mentor o miembro del personal más preocupado o responsable de la situación que originó la queja. Si esto no resuelve el problema, o si la discusión no se considera apropiada, el estudiante puede registrar una queja informal o presentar una queja formal por escrito.
Queja informal
Una queja informal debe presentarse dentro de los 30 días posteriores al evento que la motivó. La queja puede hacerse en persona, por teléfono o por correo electrónico al Jefe de Asuntos Académicos. Se revisará el caso y se notificará la decisión al estudiante en un plazo de 20 días.
Si el estudiante no está satisfecho con la decisión y/o los intentos de resolución, puede presentar una queja formal.
Queja formal
Si la respuesta a la queja informal no es satisfactoria, el estudiante puede presentar una queja formal por escrito al Jefe del Departamento correspondiente dentro de los 60 días posteriores al evento. Se acusará recibo de la queja en un plazo de 15 días y se dará una resolución final dentro de los 30 días siguientes.
Registro de Quejas Formales
Los registros del resultado de todas las quejas formales también se almacenarán en una base de datos centralizada y en el expediente electrónico del estudiante.
Los estudiantes que, al finalizar este proceso, consideren que su queja no ha sido resuelta, pueden remitirla a:
Commission for Independent Education, Florida Department of Education
325 West Gaines Street, Tallahassee, FL 32399-0400
Teléfono: 850.245.3200 o Llamada gratuita: 888.224.6684
En línea en: http://www.fldoe.org/policy/cie
MODIFICACIONES
International Bridge University se reserva el derecho de modificar las políticas académicas, regulaciones, cursos, tarifas y otros asuntos relacionados con las normativas y reglas cuando se considere necesario y con el debido aviso. Los estudiantes recibirán una notificación anticipada sobre dichos cambios.
NO DISCRIMINACIÓN
International Bridge University admite estudiantes de cualquier raza, color, sexo, edad, estado civil, discapacidad no descalificante conforme a la ley, religión o credo, origen nacional o étnico, garantizando todos los derechos, privilegios, programas y actividades generalmente otorgados o disponibles para los estudiantes de la universidad. Asimismo, no discrimina en la administración de sus políticas educativas, políticas de admisión u otros programas administrados por la universidad.
PROHIBICIÓN DE ACOSO Y HOSTIGAMIENTO (HAZING)
En International Bridge University, la práctica de "hazing" (acoso y hostigamiento) está prohibida. Se define como cualquier acción o situación creada intencionalmente para causar incomodidad mental o física, vergüenza, acoso o ridículo.
Cierre por emergencia
En caso de emergencia, la oficina administrativa de International Bridge University cerrará de acuerdo con las determinaciones del condado de Miami-Dade en caso de condiciones climáticas adversas o desastres naturales (huracanes, etc.).
Tel: +1 (645) 225 9480
Horario de atención:
Lunes a Viernes
9:00 a.m. – 6:00 p.m. CDMX
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