INTRODUCCIÓN
Las siguientes políticas y procedimientos de International Bridge University establecen las normas y lineamientos que rigen la vida académica y administrativa de la institución. Su propósito es garantizar un ambiente de respeto, equidad y transparencia, proporcionando a los estudiantes un marco claro para su desarrollo dentro de la universidad.
Es responsabilidad de cada estudiante conocer y cumplir estas disposiciones, las cuales abarcan aspectos fundamentales como procesos administrativos, derechos y obligaciones, normativas de conducta y medidas en casos de emergencia. Además, la universidad se reserva el derecho de realizar modificaciones a estas políticas cuando sea necesario, asegurando siempre una comunicación previa con la comunidad estudiantil.
El compromiso con estas normas es esencial para fomentar un entorno académico seguro, inclusivo y orientado al éxito de todos los miembros de International Bridge University.
ADVERTENCIA O PERIODO DE PRUEBA ACADÉMICA
Si el estudiante no cumple con los criterios del Progreso Académico Satisfactorio (SAP, por sus siglas en inglés) establecidos en el catálogo, será colocado en un periodo de prueba (el periodo está especificado anteriormente en el SAP). Cualquier estudiante que deba repetir cursos deberá pagar $35.00 USD por curso. Al finalizar el periodo de prueba, si el estudiante no ha cumplido con los requisitos especificados, podrá ser dado de baja de la universidad. Los estudiantes que cumplan con los requisitos al final del periodo de prueba serán retirados de este estatus.
El periodo de prueba es un estatus administrativo. Los estudiantes en periodo de prueba corren el riesgo de ser dados de baja del programa. Durante este periodo, serán monitoreados más de cerca y deberán recibir asesoramiento académico regularmente para evaluar su progreso. Además, pueden ser requeridos a asistir a sesiones adicionales del curso. Se notificará por escrito a los estudiantes colocados en periodo de prueba y recibirán asesoría académica para mejorar sus calificaciones.
SUSPENSIÓN Y EXPULSIÓN
Los estudiantes pueden solicitar su readmisión después de al menos un período académico. Si se les permite regresar, estarán en prueba académica. Si en algún momento después de haber sido suspendidos el estudiante en prueba tiene un promedio acumulado por debajo del mínimo requerido, será expulsado de la universidad y no podrá regresar.
Cualquier apelación por no mantener un progreso académico satisfactorio debe hacerse por escrito al Jefe de Asuntos Académicos dentro de los 15 días posteriores a la notificación de expulsión. El estudiante será notificado por escrito de la decisión. El tiempo máximo permitido para completar un programa es 1.5 veces la duración normal del mismo. Un estudiante que no cumpla con este criterio será dado de baja por no mostrar progreso académico satisfactorio.
PROCESO DE APELACIONES
Cualquier apelación sobre las acciones descritas anteriormente debe realizarse por escrito al Jefe de Asuntos Académicos, quien evaluará la apelación. Este funcionario tendrá la autoridad final para decidir si se acepta la apelación dentro de un plazo de 5 días. Para que la apelación sea concedida, el estudiante deberá demostrar evidencia de progreso académico satisfactorio.
POLÍTICA DE CONDUCTA ESTUDIANTIL
En International Bridge University, la conducta apropiada en cada clase y en la comunicación con otros miembros de la universidad es fundamental. Cualquier conducta inapropiada puede resultar en la expulsión de la universidad.
Se consideran inaceptables los siguientes comportamientos:
Cualquier forma de deshonestidad académica, incluyendo pero no limitado a copia, falsificación, plagio o facilitar la deshonestidad académica.
Plagio: Todo trabajo entregado por un estudiante debe representar su propio esfuerzo original. Si se utilizan fuentes externas, deben ser identificadas para aclarar en qué medida se han empleado. La universidad considera el plagio y la falsificación de documentos como un asunto grave, sujeto a sanciones como la pérdida parcial o total de crédito en la tarea, suspensión por un período específico o expulsión del programa.
Otras formas de deshonestidad, incluyendo la fabricación de información, proporcionar información falsa o reportar emergencias falsas a la universidad.
Falsificación, alteración o uso indebido de cualquier documento, registro, llave, dispositivo electrónico o identificación de la universidad.
Acceso, posesión, recepción o uso no autorizado de servicios, equipos, recursos o propiedades de la universidad, incluyendo su nombre, insignia o sello.
Acoso sexual: Se considera acoso sexual cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada, como insinuaciones, solicitudes de favores sexuales u otro comportamiento verbal o físico de índole sexual que afecte la educación de una persona, interfiera con su rendimiento académico o cree un ambiente de aprendizaje intimidante, hostil u ofensivo. La universidad responderá a cualquier reporte de este tipo de conducta.
Acoso o acecho, definido como la conducta repetida dirigida hacia otra persona que incluya amenazas creíbles con la intención de generar temor razonable por la seguridad propia o de su familia.
Obstrucción o interrupción de la enseñanza, investigación, administración, procedimientos disciplinarios u otras actividades de la universidad.
Negarse a identificarse o a seguir las instrucciones de un funcionario de la universidad o de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones oficiales en eventos de la universidad.
La venta, preparación o distribución con fines comerciales de apuntes de clase, grabaciones de audio o video de cualquier curso sin autorización previa de la universidad y permiso explícito por escrito del instructor del curso.
SANCIONES POR CONDUCTA INADECUADA
El Jefe de Asuntos Académicos puede imponer sanciones por violaciones de las políticas universitarias, independientemente de que dichas violaciones sean también delitos según la ley.
Si a través de una apelación oficial se determina que el estudiante fue sancionado incorrectamente, se sellará el registro de la audiencia y se eliminará cualquier referencia al proceso disciplinario de su expediente, si así lo solicita el estudiante.
Si un estudiante incurre en una violación de las políticas universitarias, se podrán aplicar las siguientes sanciones, según la gravedad del caso:
Advertencia/Reprensión: Notificación escrita indicando que se ha cometido una infracción y que futuras violaciones pueden resultar en sanciones más severas.
Periodo de prueba disciplinario: Estado impuesto por un tiempo determinado en el que el estudiante debe demostrar una conducta acorde con los estándares de la universidad. Cualquier infracción durante este periodo puede resultar en suspensión o expulsión.
Pérdida de privilegios y exclusión de actividades: Restricción de participación en ciertas actividades o privilegios por un período específico.
Suspensión: Terminación del estatus de estudiante en la universidad por un período determinado. Para ser readmitido, el estudiante debe cumplir con todas las condiciones impuestas.
Expulsión: Terminación definitiva del estatus de estudiante en la universidad, sin posibilidad de readmisión salvo en circunstancias excepcionales.
Restitución: Se podrá exigir el reembolso de gastos causados por la violación de las políticas de la universidad, ya sea en forma de pago monetario o servicio comunitario.
Revocación de grado académico: Sujeto a la aprobación de la Junta de Gobierno de la universidad.
POLÍTICA DE QUEJAS
Un procedimiento de quejas está disponible para cualquier estudiante que considere que una decisión o acción de la universidad ha afectado negativamente su estatus, derechos o privilegios. El propósito de este procedimiento es proporcionar un proceso rápido y equitativo para resolver quejas estudiantiles.
Los estudiantes con quejas deben comunicarse primero con el profesor del curso correspondiente. Si el profesor no puede resolver la queja, la remitirá por escrito al Jefe de Asuntos Académicos. Si este último no puede resolver la queja, la remitirá al Presidente de la universidad, cuya decisión será definitiva.
Resolución informal
Se alienta a los estudiantes a hablar directamente con su mentor o el personal de la universidad responsable de la situación que originó la queja. Si esto no resuelve el problema, pueden presentar una queja informal o una queja formal por escrito.
Queja informal
Una queja informal debe presentarse dentro de los 30 días posteriores al evento que la motivó. La queja puede hacerse en persona, por teléfono o por correo electrónico al Jefe de Asuntos Académicos. Se revisará el caso y se notificará la decisión al estudiante en un plazo de 20 días.
Queja formal
Si la respuesta a la queja informal no es satisfactoria, el estudiante puede presentar una queja formal por escrito al Jefe del Departamento correspondiente dentro de los 60 días posteriores al evento. Se acusará recibo de la queja en un plazo de 15 días y se dará una resolución final dentro de los 30 días siguientes.
Registro de Quejas Formales
Los registros del resultado de todas las quejas formales también se almacenarán en una base de datos centralizada y en el expediente electrónico del estudiante.
Los estudiantes que, al finalizar este proceso, consideren que su queja no ha sido resuelta, pueden remitirla a:
Commission for Independent Education, Florida Department of Education
325 West Gaines Street, Tallahassee, FL 32399-0400
Teléfono: 850.245.3200 o Llamada gratuita: 888.224.6684
En línea en: http://www.fldoe.org/policy/cie
MODIFICACIONES
International Bridge University se reserva el derecho de modificar las políticas académicas, regulaciones, cursos, tarifas y otros asuntos relacionados con las normativas y reglas cuando se considere necesario y con el debido aviso. Los estudiantes recibirán una notificación anticipada sobre dichos cambios.
NO DISCRIMINACIÓN
International Bridge University admite estudiantes de cualquier raza, color, sexo, edad, estado civil, discapacidad no descalificante conforme a la ley, religión o credo, origen nacional o étnico, garantizando todos los derechos, privilegios, programas y actividades generalmente otorgados o disponibles para los estudiantes de la universidad. Asimismo, no discrimina en la administración de sus políticas educativas, políticas de admisión u otros programas administrados por la universidad.
PROHIBICIÓN DE ACOSO Y HOSTIGAMIENTO (HAZING)
En International Bridge University, la práctica de "hazing" (acoso y hostigamiento) está prohibida. Se define como cualquier acción o situación creada intencionalmente para causar incomodidad mental o física, vergüenza, acoso o ridículo.
Cierre por emergencia
En caso de emergencia, la oficina administrativa de International Bridge University cerrará de acuerdo con las determinaciones del condado de Miami-Dade en caso de condiciones climáticas adversas o desastres naturales (huracanes, etc.).
Tel: +1 (645) 225 9480
Horario de atención:
Lunes a Viernes
9:00 a.m. – 6:00 p.m. CDMX
3750 NW 87th Ave, Suite 700, Office 49, Doral, FL 33178.
© 2025 International Bridge University. Todos los derechos reservados.